Se aprobó el Sistema de Información de Accidentes del Sector Eléctrico
Mediante Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 059-2009-OS/CD, publicado el 20 de abril de 2009, se ha aprobado el Sistema de Información de Accidentes del Sector Eléctrico (SIASE) como medio de remisión de información de accidentes por parte de las entidades del Sector Eléctrico. El SIASE reemplaza el uso de los formatos “Reporte de accidentes”, “Reporte de incidentes” e “Informe ampliatorio de accidente” aprobados por OSINERGMIN; manteniéndose los plazos y otros requisitos establecidos por el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas. El SIASE entró en funcionamiento a partir del 1 de abril de 2009.
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Aplicación del principio de primacía de la realidad
Mediante sentencia recaída en el Expediente Nº 5497-2007-PA/TC, el Tribunal Constitucional (TC) reconoció la relación laboral y ordenó la reincorporación de la demandante como trabajadora del Sindicato de Trabajadores no Docentes de la Universidad Nacional de Piura, en la medida que este último la despidió de forma incausada...  |
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Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: Inspecciones en Salud y Seguridad en el Trabajo
El MTPE ha acentuado su labor fiscalizadora en materia de salud y seguridad en el trabajo (SST), lo que corresponde al fortalecimiento del grupo de inspectores especializados en esta materia. La novedad es que las inspecciones en salud y seguridad en el trabajo no se limitan únicamente a los sectores en lo que los riesgos son más elevados, sino que se extienden también sobre sectores como el comercio y los servicios en los que las inspecciones sobre estas materias han sido poco frecuentes. El MTPE ha informado que, en lo que va del primer trimestre, se han emitido un total de 309 órdenes de inspección en materias de SST en Lima Metropolitana, siendo fiscalizados los sectores de construcción (131); actividades inmobiliarias y alquiler (66); industria manufacturera (31); otras actividades, servicios comerciales, sociales y personales (23); comercio de repuestos de vehículos (21); explotación de minas y canteras (19).
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Comisión de Trabajo del Congreso de la República: Dictamen sobre la licencias por paternidad y alcances de normas sobre CTS para trabajadores del Estado sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
En esta quincena la Comisión de Trabajo ha dictaminado dos proyectos de ley. El primero aprueba la licencia por paternidad de tres (3) días hábiles consecutivos en caso de alumbramiento de su cónyuge o conviviente. La licencia se iniciaría en la fecha que el trabajador indique, entre la fecha del nacimiento del hijo y la fecha en la que la madre sea dada de alta. El segundo dictamen deja sin efecto lo dispuesto en la Ley N° 25807 y extiende a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada las disposiciones relativas a los depósitos de la CTS en entidades bancarias, la libre elección de la entidad bancaria y de la moneda en la que se efectuará el depósito, así como el retiro parcial de los depósitos. Recordemos que en la actualidad las entidades públicas son depositarias de la CTS.
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Pago de la CTS
El empleador debe efectuar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al mes de mayo, dentro de los primeros 15 días naturales del mes. Además, dentro de los 5 días hábiles de efectuado el depósito, el empleador debe entregar al trabajador la liquidación de CTS respectiva. |
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